El agresor de Sagunt deberá pagar íntegramente la indemnización
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El Tribunal Supremo ha confirmado a A.M.S. como único responsable de la agresión que sufrió hace unos años un árbitro de Rafelbunyol mientras pitaba en Sagunt un partido de la liga local. Después de la condena dictada por la Audiencia Provincial a 21 meses de prisión y a indemnizar al colegiado con cerca de 20.000 euros, el vecino de Sagunt recurrió al Supremo con la esperanza de compartir la responsabilidad civil con el ayuntamiento, bajo el argumento de la ausencia policial durante la disputa del encuentro.
Esta defensa ha sido rechazada por el alto tribunal, de tal forma que el juzgado inicia la ejecución del fallo, que obliga al condenado a pagar la indemnización o presentar una plan de pago si no quiere cumplir el año y medio de cárcel, del que en principio se libraría por no tener antecedentes penales, según confirman fuentes cercanas al caso.
Tras la desestimación del último recurso, que convierte la sentencia en firme, el trámite que se abre ahora servirá para determinar la solvencia del condenado a través de registros como los de Hacienda, la Seguridad Social o Tráfico. Entonces y con la propuesta de pago, que “casi todos los condenados presentan”, según fuentes judiciales, el magistrado deberá dictar un auto de suspensión de pena, que permitiría esquivar la cárcel a A.M.S. y determinará si el incumplimiento de los pagos implica su ingreso en prisión.
Sobre la última resolución judicial del Tribunal Supremo, el auto exculpa definitivamente al Ayuntamiento de Sagunt de cualquier responsabilidad civil, al entender que “no es posible imputarla con base en el supuesto de que si hubiera existido presencia policial, cuya obligatoriedad tampoco está fuera de duda, no se hubiera producido el ataque”.
Sobre esta base, el juez de la sala de lo penal añade que “es razonable pensar que los agentes no hubieran podido evitar la agresión, por su carácter inmediato e inesperado; y en cuanto al efecto disuasorio de los mismos, es más que dudoso, habida cuenta de que ningún efecto disuasorio tuvo para el acusado la presencia de numerosas personas en el polideportivo que lógicamente podrían identificarle como autor de la agresión y alertar de forma inmediata a las fuerzas públicas”.
El Supremo también señala que la pena impuesta por este delito de lesiones, que provocó al árbitro la rotura de tres dientes y de la prótesis dental, además de cerca de 10 meses de baja, podría haber oscilado entre los 6 meses y los 3 años de cárcel, así que la condena a 21 meses “no puede considerarse excesiva y desproporcionada, dada la grave entidad de las lesiones que se causaron al perjudicado y las circunstancias que rodearon la agresión, que se produjo de forma súbita en un acontecimiento deportivo cuando la víctima se limitaba a cumplir las funciones del cargo de árbitro que estaba desempeñando en el encuentro”.
Fuente: levante-emv.com
