Cuidado con dudar de los árbitros…porque ahora es delito (por Rodríguez Ten)
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De Lucas reclama a Sánchez Arminio que se miren las apuestas de los árbitros. Ahora va a resultar que equivocarse en un partido es indicio de corrupción… Pues si en el CTA se dedican con tranquilidad a desmenuzar un encuentro y anotar todos los errores de todos los jugadores (controles defectuosos, pases al contrario, balones perdidos, faltas y saques de banda y esquina innecesarios, tarjetas evitables, goles fallados, tiros errados…) vamos a reírnos un rato, porque anticorrupción va a tener que llevarlos a declarar a todos, ya que los jugadores fallan tanto o más que los árbitros durante el partido, cada uno a su manera.
No hay que hacer mucho caso al calentón del jugador, que puede resultar comprensible a la vista de la situación del Club (después de lo que va de Liga, algo de culpa tendrán los jugadores y él incluido, digo yo). Pero sí, ha habido un error que los ha perjudicado en ese partido. Igual que otros los han beneficiado. ¿Miramos las apuestas en ese segundo caso? ¿Dudamos de los jugadores que compiten contra los equipos de su lugar de nacimiento? (en el caso de los árbitros, se hace) ¿Dudamos de los jugadores que compiten contra los que fueron sus equipos, o incluso contra aquellos en los que van a jugar la próxima temporada? ¿Dudamos de los jugadores que tienen un agente que también tiene jugadores en el rival o en otros equipos implicados en un descenso o una clasificación europea? El elenco es enorme.
Hasta ahora, dudar de la honorabilidad de un árbitro era algo bastante barato… Unas declaraciones por aquí… un comentario con doble intención por allá… Total, si no eres muy directo y además no lo haces en un medio nacional, pues te quedas a gusto, generas que los forofos vociferen y digan lo de “qué razón tiene”, “esto es una vergüenza”, los exabruptos normales, y ya está. Balones fuera. La culpa es de otros.
El problema es que ahora existe un delito, el de corrupción deportiva (artículo 286 bis cuatro), que permite llevar a la cárcel a los que alteren intencionadamente el resultado de un partido. Incluidos los árbitros. Vamos, que decir que un árbitro está comprado, que ha apostado directa o indirectamente y provocado un resultado, es estar acusándolo de cometer un delito. Y conforme a nuestro Código penal, el que acusa a otro de cometer un delito perseguible de oficio (y el de corrupción deportiva lo es) es culpable de un delito de calumnias.
Veamos: Es calumnia la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad (art. 205 del Código Penal). Las calumnias serán castigadas con las penas de prisión de seis meses a dos años o multa de doce a 24 meses, si se propagaran con publicidad y, en otro caso, con multa de seis a 12 meses (artículo 206 del Código Penal). El acusado por delito de calumnia quedará exento de toda pena probando el hecho criminal que hubiere imputado (artículo 207).
No es el caso. De Lucas no ha cruzado la línea roja pero se ha quedado cerca, y su comentario da pie al presente. Ojito al dato. Que desde la reforma del Código Penal, aunque muchos no lo sepan, acusar al árbitro de vendido o de alterar un resultado por apuestas u otras causas ES UN DELITO de calumnias. Y en vez de escribir al Comité de competición se puede hacer a otro sitio.
El único “pero” es que la corrupción deportiva que es delito sólo es la referida a las pruebas, encuentros o competiciones profesionales. En el resto seguimos con la sanción deportiva como único argumento y por ello… el delito de calumnia sólo procedería respecto de arbitrajes y árbitros de dichas competiciones.
