La tarjeta a Ekiza, pregunta de examen
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No hemos encontrado el vídeo, pero creo que contándola se entiende. Se jugaban los últimos minutos del Deportivo-Athletic cuando un segundo balón cae cerca de la banda, sin interferir para nada en el partido. Atacaban los locales y al rojiblanco Ekiza se le ocurrió la travesura de aprovechar ese elemento extraño para darle una patada hacia el lugar donde se desarrollaba el juego y conseguir detenerlo.
La jugada es de examen. De hecho, está recogida en ÁrbitroQuiz en diferentes versiones. Y Pérez Montero aplicó correctamente las Reglas. No cabe balón a tierra, porque el balón no interferiría en el juego si nadie la hubiese tocado. Si al final el juego se detuvo fue porque Ekiza cometió una conducta antideportiva, sancionable con amonestación y tiro libre indirecto. ¿Dónde estaba el balón o dónde estaba el jugador? Después de alguna consulta, la opción “oficial” es la primera, por la analogía con el lanzamiento de objetos. Por cierto, para los que dudaríais de cómo se redacta en acta, ahí va lo que refleja la del partido: “por lanzar con el pie voluntariamente un balón que había entrado en el terreno de juego, a la zona de influencia del juego activo, interfiriendo en el mismo”.
Hay una “derivación” de esta acción: si Ekiza hubiese hecho lo mismo lanzando el balón con su mano y golpeándolo. En ese caso, se consideraría una prolongación de la misma y sería sancionado con tiro libre directo o penalti y amonestación o expulsión en caso de que evitase ocasión manifiesta de gol.
Nota: con los cambios en las Reglas 17/18, la infracción de lanzar objetos al balón queda establecida como infracción de tiro libre directo, donde el objeto impacta o hubiese impactado. Este es el texto de la Regla:
"Si un jugador que se halla dentro o fuera del terreno de juego lanza un objeto (incluyendo el balón) contra un miembro del adversario como un jugador, sustituto, jugador sustituido/expulsado o miembro del cuerpo técnico, un miembro del equipo arbitral, o bien contra el balón, el juego se reanudará mediante un tiro libre directo desde el lugar donde el objeto golpeó o habría golpeado a la persona o al balón"

Comentarios
#1
pues yo creo que es expulsión directa, porque si expulsamos a un sustituto por lanzar un balon desde los banquillos o en su caso al entrenador si no sabemos de que jugador se trata, poque vamos aplicar otra sancion distinta a ekiza??
#2
Pues porque no se puede expulsar a un jugador por tocar el balón con el pie.
#3
A mi entender...
1) Amonestación por entrar al terreno de juego sin permiso.
2) Amonestación por conducta antideportiva (lanzar el balón a la zona de juego). Es una infracción distinta. Podría haber entrado al campo y no hacer nada más y ya serái amonestación.
3) Consiguiente expulsión.
4) La reanudación, con indirecto, pero conforme al procedimiento para sancionar la primera de las infracciones: la entrada indebida.
#4
Vaya... Soy el del comentario anterior. Torpeza la mía al no fijarme que los comentarios más recientes van arriba. Con lo cual referirme a un comentario en base a su número es despistar al personal, jeje.
Un saludo y buen final de temporada.
#5
Coincido plenamente con el comentario número 4.
No veo analogía alguna con "lanzamiento de objetos". Es una conducta antideportiva y ésta se sanciona disciplinariamente con amonestación y, técnicamente, con tiro libre indirecto donde se cometió la infracción.
Si hay diversas opiniones al respecto sería interesante un debate. Podría ser interesante. Y puede servir a todos los que, en estas fechas, apuran sus horas de estudio para un ascenso.
Un saludo a todos y enhorabuena por la página web, es realmente impresionante la cantidad de información que tiene y la frecuencia con la que se actualiza.
#6
En mi interpretación de las Reglas, coincido totalmente con vosotros: para mi, al no hacerse con la mano, es una conducta antideportiva sin más, un jugador que "hace el tonto" (o como se dice en Reglas, evidencia falta de respeto por el juego) y se debería ejecutar donde esta el jugador.
Sé que el año pasado nuestro Comité territorial hizo la consulta y la respuesta fue indirecto donde está el balón. Pero no sé si se habrá cambiado de opinión.
Gracias por tu comentario sobre la web, queríamos hacer algo distinto y nos reconforta que sea útil para vosotros.
Un saludo.
#7
eso si la lanza con la mano, pero al lanzarla con el pie es una conducta antideportiva y como tal se realiza donde se produce, o eso entiendo yo que es lo lógico.
#8
el objeto se toma como estencion de la parte donde lo uviese tocado, se sanciona en el lugar donde toca el objeto el balon,
es como decir que yo me quito un guayo y se lo lanzo desde afuera del area a un contrario que esta dentro del area
¿que sancion tomarias en este caso?
#9
Yo siempre la interpreté como tú dices, pero el año pasado la consultamos y la respuesta que obtuvimos fue que donde golpea o hubiese golpeado.
Un saludo
#10
Creo indicar que la opción "oficial" es donde estaba el jugador, ya que fue él el que produjo la infracción y al ser un jugador y no jugador sustituido, el tiro libre indirecto es donde estaba el jugador infractor. Cabe destacar lo bien que realizó el sr. Pedro Perez Montero esa acción dificil de acatar en poco tiempo y de esa forma tan eficaz. Es otra acción notable para acabar la temporada igual de bien que la empezó!
Un saludo señores.